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lunes, 11 de octubre de 2010

APRENDAMOS A TRIBUTAR EN LAS MYPES

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LA PLANIFICACION TRIBUTARIA EN LAS MYPES

Todos y cada uno de nosotros, al momento de iniciar un negocio en algún momento, nos ponemos a pensar, sobre las contingencias futuras que va a tener el negocio, sobre todo en los aspectos tributarios y legales?.

La respuesta generalmente es no; puesto que nuestra preocupación principal es el negocio en si mismo, pero descartamos esta opción a veces por desconocimiento o por no haber recurrido a las fuentes de información existentes, que  me permitan orientarme para la toma de decisiones.

Siendo así,  tendriamos que pensar, en primer lugar, cual es el régimen tributario al cual me voy a acoger (teniendo ya la información que en el Perú, existe tres: REGIMEN GENERAL, REGIMEN ESPECIAL DE RENTA Y REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO);  que me permita saber, cuales son los beneficios o perjuicios que me puede generar estar en uno u otro régimen; así tendremos:

REGIMEN ESPECIAL DE RENTA.-  aplicable a las Micro Empresas, cuyos ingresos no sean mayores a 150 UIT; el tributo de pago del impuesto a la renta es de 1.5% sobre mis ingresos netos mensuales y es un pago unico con efecto cancelatorio; su contabilidad es simplificada (solo 02 libros ingresos y ventas); tienen derecho al crédito fiscal
REGIMEN GENERAL.-  Aplicable a las pequeñas o grandes empresas; sistema contable completo;  tributa sobre un 2% mensual sobre mis ventas netas o el coeficiente derivado de mi ultimas declaración jurada anual y al final del ejercicio económico tributo el 30% sobre mis utilidades generadas; tienen derecho al crédito fiscal.
REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO.- creado para  los contribuyentes, que generen ingresos anuales no mayor a S/. 360,000.00;  emiten solo boletas; no tienen derecho al crédito fiscal;  y sus impuestos  se pagan en cinco categorias (1 a la 5) y el pago mensual  va desde  los S/ 20.00 a S/600.00 mensual.